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Campaña de la Renta 2019 Mallorca

12 mayo, 20200

Campaña Renta 2019

 

El 1 de abril arrancó la campaña de la renta, que finalizará el 30 de junio. La declaración de renta es un impuesto complejo, que tiene en cuenta los ingresos de cada uno de los miembros de la unidad familiar y sus circunstancias personales. Por ello, es recomendable acudir a un profesional para ayudarnos a realizar este trámite y realizar la Campaña Renta 2019 Mallorca.

¿Quién ha de presentar la renta?

El contribuyente tiene obligación de presentar la declaración de renta si tiene un solo pagador y supera los 22000 euros brutos. «Si tiene varios pagadores, en el supuesto que el segundo pagador en cuantía supere los 1500, el límite es de 14000 para todos los ingresos. El el segundo pagador no supera los 1500, vamos al límite de 22.000 euros para todos los ingresos»,

Es importante revisar cada ejercicio nuestros ingresos porque puede ser que un año tengamos obligación de presentar la declaración de renta y otro no. Para la campaña Renta 2019 Mallorca, una creencia muy extendida es que si hago la renta un ejercicio, ya la tengo que hacer siempre, pero no es así, va en función de los ingresos de cada ejercicio.
Si los ingresos son de viviendas alquiladas, el contribuyente tiene la obligación siempre. Si está de alta en una actividad empresarial o profesional, también hay obligación de presentar la renta.

¿Puedo validar el borrador?

El borrador que envía Hacienda puede validarse, pero hay que revisar todos los datos. Hay circunstancias que pueden cambiar de un ejercicio a otro: ha nacido un hijo, una minusvalía reconocida este ejercicio, una familia que por nacimiento de un hijo pasa a tener la categoría de familia numerosa, un cambio de domicilio, etc.
Un dato importante es el domicilio fiscal, es decir , donde radica nuestra residencia habitual. Es obligación del contribuyente informar a la Agencia Tributaria cuando hay cambios, así que conviene revisarlo bien. También hay que revisar los datos de la cuenta bancaria para la devolución.

¿Por qué me sale a pagar si cobro desempleo?

Es una casuística muy habitual en Eivissa. La tabla de Hacienda para el IRPF que es la misma que se aplica en la nómina, es progresiva. «Si durante el ejercicio has trabajado en una empresa, te ha retenido en nómina lo que marca la Ley para el sueldo bruto anual, cuando se añade el desempleo, que no suele tener retención y sumarlo a tu sueldo bruto, la retención es mucho más baja que si un trabajador cobra el mismo bruto en una sola empresa.

Cuando se liquida en la renta siempre sale a pagar porque este trabajador ha pagado menos retención de lo que le corresponde por sus ingresos», informan desde la asesoría.

¿Si vendo mi vivienda habitual tendré que pagar mucho?

Puede quedar exenta la plusvalía generada por la venta de la vivienda habitual si el contribuyente tiene más de 65 años o si reinvierte en una nueva vivienda habitual. Antes de vender la vivienda conviene revisar bien la legislación.
Respecto a la posibilidad de deducir la hipoteca, es deducible con un límite de 9000 euros de base, si la vivienda se adquirió antes del 31 de diciembre de 2012. El alquiler de la vivienda habitual no es deducible desde enero de 2015. Solo en los supuestos de que tu contrato de alquiler sea anterior a esta fecha o bien que el nuevo contrato, sea sobre una vivienda y con los mismos propietarios que antes de uno de enero 2015.

Marilina Ribas, Directora de Salomó & Bonet Godó. S.G.C.

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