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CIRCULAR AUTÓNOMOS

6 abril, 2016

Les recordamos que hasta 1 de mayo, tienen la oportunidad de modificar la base de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y la cuota a pagar.

Esta modificación tendrá efectos a partir del 1 de julio de 2016

Adjuntamos, a título de ejemplo, escala comparativa con algunas opciones (importes vigentes en 2016):

Base de cotización

€/mes

Tipo de Cotización

contigencias comunes

cobertura IT

Cuota a pagar

€/mes

893,10

– mínima en 2016 –

29,90 % * 267,04
963,30

mínima para trabajadores de 48 o más a 01-01-2016, salvo excepciones

29,90 % 288,03
1.000 29,90 % 299
1.202 29,90 % 359,40
1.964,70

máxima para trabajadores de 47, 48 años o más, salvo excepciones

 

29,90 % 587,45
3.642,00

– máxima en 2016 –

29,90 % 1.088,96

 

* 29,90 % = 29,80 % + 0,1 % (para los autónomos sin protección por contingencias derivadas de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y cese de actividad)

Asimismo, les informamos que los trabajadores autónomos que, a 1 de enero de 2016, tengan 47 años de edad, si su base de cotización fuera inferior a 1.945,80 euros mensuales no podrán elegir una base de cuantía superior a 1.964,70 euros mensuales, salvo que ejerciten su opción en tal sentido antes del 30 de junio de 2016

Si están interesados en modificar la base de cotización o cuota, les agradeceríamos que nos lo hicieran saber con la máxima antelación posible.

EVA-ESPARTERO

 

 

 

 

 

Eva Espartero
Gerente
GGCC Laboral

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