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COMO REDUCIR LA CUOTA DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES A TRAVES DE NUEVAS DEDUCCIONES

14 diciembre, 2015

LA RESERVA DE CAPITALIZACION Y LA RESERVA DE NIVELACION

La reforma fiscal introduce una nueva reducción tributaria para fomentar el ahorro empresarial: la reserva de capitalización. Se trata de un beneficio fiscal que sustituye la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios y la deducción por inversión que contemplaba la Ley de Emprendedores.

La reserva de capitalización permite a todas las empresas, con independencia de su tamaño, rebajar su base imponible en un 10% del importe destinado a esta nueva figura. Salvo pérdidas, los fondos propios no pueden utilizarse en un plazo de cinco años. El beneficio fiscal tiene un límite y es que la reducción aplicable no puede superar el 10% de la base imponible positiva

La reserva de nivelación. Rebaja tributaria exclusiva para pymes. Se puede rebajar la factura fiscal de un ejercicio cerrado con beneficios y, a la vez, compensar las posibles pérdidas del futuro.

La reserva de nivelación tiene como límite el 10% de la base imponible o un millón de euros. La reducción fiscal derivada de esta reserva está ideada para compensar posibles pérdidas durante los próximos cinco años.

Pero si luego la empresa no registra bases imponibles negativas o las pérdidas son inferiores a la reserva de nivelación, entonces en la declaración del quinto año se deberá tributar por el importe que no haya sido compensado con pérdidas.

La reserva de nivelación, que solo pueden aplicar las pymes, es compatible con la reserva de capitalización, lo que permite que en caso de aplicar ambas medidas el tipo efectivo de una pyme se sitúe en niveles en torno al 20%.

 

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