Retenciones de los profesionales autónomos
- Se mantienen en el 15% que baja al 7% en el caso de nuevos profesionales durante los dos primeros años de actividad
Requisitos para estar en módulos
- El máximo de ingresos baja de 450.000 euros a 250.000 euros
- El máximo de compras baja de 300.000 euros a 250.000 euros
- IMPORTANTEà Queda excluida de módulos las actividades obligadas a practicar retenciones en sus facturas (divisiones 3, 4 y 5 de la sección primera)
- Caso de ALBAÑILERÍA, FONTANERÍA, INSTALADORES, CARPINTERÍAS CERRAJERÍA, PINTURA, etc.
- Se reduce de 5 a 4 el número máximo de vehículos de transporte por carretera y mudanzas
Impuesto sobre sociedades
- Aplicación de la segunda parte de la rebaja fiscal pasando el tipo de IS con carácter general del 28% al 25%
- Se mantiene el tipo reducido del 15% para aquellas sociedades de nueva creación, no siendo aplicable a sociedades patrimoniales
Sociedades Civiles
- A partir de ahora, las sociedades civiles que tengan objeto mercantil, es decir, que desarrollen una actividad económica, deberán tributar por Impuesto de Sociedades en lugar de IRPF como hasta ahora. Los socios dispondrán de un plazo de seis meses para disolver y liquidar la sociedad civil con un régimen transitorio para que la operación no tenga coste
Retención administradores
- Bajan de un 37% a un 35%
- En caso de facturación anual por debajo de 100.000 euros la retención pasa de un 19,5% a un 19%
Alquileres
- La retención de alquiler de locales pasa del 19,5% a 19%