Les recordamos que hasta 1 de mayo, tienen la oportunidad de modificar la base de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y la cuota a pagar.
Esta modificación tendrá efectos a partir del 1 de julio de 2016
Adjuntamos, a título de ejemplo, escala comparativa con algunas opciones (importes vigentes en 2016):
Base de cotización
€/mes |
Tipo de Cotización
contigencias comunes cobertura IT |
Cuota a pagar
€/mes |
893,10
– mínima en 2016 – |
29,90 % * | 267,04 |
963,30
mínima para trabajadores de 48 o más a 01-01-2016, salvo excepciones |
29,90 % | 288,03 |
1.000 | 29,90 % | 299 |
1.202 | 29,90 % | 359,40 |
1.964,70
máxima para trabajadores de 47, 48 años o más, salvo excepciones
|
29,90 % | 587,45 |
3.642,00
– máxima en 2016 – |
29,90 % | 1.088,96 |
* 29,90 % = 29,80 % + 0,1 % (para los autónomos sin protección por contingencias derivadas de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y cese de actividad)
Asimismo, les informamos que los trabajadores autónomos que, a 1 de enero de 2016, tengan 47 años de edad, si su base de cotización fuera inferior a 1.945,80 euros mensuales no podrán elegir una base de cuantía superior a 1.964,70 euros mensuales, salvo que ejerciten su opción en tal sentido antes del 30 de junio de 2016
Si están interesados en modificar la base de cotización o cuota, les agradeceríamos que nos lo hicieran saber con la máxima antelación posible.