El que avisa no es traidor. Desde el inicio de la crisis hasta estos tiempos de recuperación económica para los elegidos, el Estado se ha venido transformando desde un gestor de recursos públicos a un excelente y sibilino recaudador, dejando para el resto de sus obligaciones un conocido “venga usted mañana” que hay recortes.
Detalle de esto último es el inmenso esfuerzo intelectual que viene ejerciendo en sacar del fondo del cajón cualquier articulado legal de donde pueda sacar un euro más, principalmente del sujeto de a pie y de las PYMES que es facil. Valga para ello los dos ejemplos siguientes.
La Ley de Sociedades de Capital y, sobre todo el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, en sus respectivos regímenes sancionadores establecen la obligación de toda sociedad mercantil activa o inactiva de depositar las cuentas dentro del plazo establecido. Traduciendo, que si tengo una sociedad olvidada desde hace muchos años que no disolví para no pagar el dineral que cuesta y me he olvidado de ella, pende sobre mí, como espada de Damocles, una sanción de entre 1.200 a 60.000 euros en función del tamaño de la sociedad. Y estos organismos están avisando que esta normativa existe y que se puede aplicar.
En el caso de las asociaciones, son entidades parcialmente exentas del Impuesto sobre Sociedades y, cumpliendo unos requisitos, también exentas de IVA. Ante tanta exención, muchas asociaciones han redactado sus estatutos, su acta fundacional, sacado CIF y a pastar; obviando sus obligaciones contables y fiscales, que las hay. Pues aviso a navegantes, la Administración Tributaria tiene un hermoso régimen sancionador para los que no cumplan sus normas y tiene a las asociaciones en la carpeta de “siguientes”.
En cuanto a la ecotasa 2.0 recogida en la Ley 2/2016 de 30 de marzo, cuyo leitmotiv es el impulso del turismo sostenible y del que se espera recaudar en 2016 entre 40 y 50 millones, no deja de ser un impuesto finalista que compensa el enorme desgaste de recursos que la afluencia de visitantes ocasiona; además de ser un impuesto que se utiliza en un sinfín de destinos turísticos de todo el mundo y que hace preguntarnos ¿Por qué aquí no?.
Utilizando la Encuesta de Ocupación Hotelera y la Contabilidad Regional del INE se pueden comparar los datos de los últimos años y son reveladores. En 2010 el grado de ocupación alcanzó el 69,88%, en 2015 ha subido casi 10 puntos básicos hasta el 78,06%. Sin embargo, el empleo ha caído por debajo del 2% para el mismo periodo; además el número de horas trabajadas en 2014 (último dato disponible) respecto a 2010 ha caído un 6%. Consecuencia de todo lo anterior es que se ha disparado la productividad aparente del factor trabajo.
Resulta realmente curioso que creciendo la ocupación hotelera como ha crecido y cayendo el empleo como ha caído, encima los que trabajan lo hacen menos horas. Así, un trabajador del grupo G-J (Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos de motor y motocicletas; transporte y almacenamiento; hostelería) activo en 2010 tenía una jornada media anual de 1.785,13 horas, frente a una media de 1.722,85 horas en 2014. Igual el cronómetro del INE lo adquirieron en la misma tienda que los organizadores de las Olimpiadas de RIO 2016.
Kiko Franconetti
Director de la oficina de Salomó & Bonet- Godó Asesores en Palma de Mallorca