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Las malas prácticas en seguros tendrán multas millonarias

24 enero, 2017
Directora general de seguros, Flavia Rodríguez Ponga

El primer borrador de la futura Ley de Distribución de Seguros fija sanciones de hasta cinco millones por la venta indebida de productos de inversión.

Las multas por malas prácticas en la venta de seguros van a registrar un crecimiento exponencial en su importe futuro. Podrán llegar a los cinco millones de euros o a una cifra aun mayor si la entidad sancionada tiene un volumen de negocio superior a los cien millones de euros. La sanción más elevada hoy por estas infracciones es de 30.000 euros (ver ilustración con el resto de sanciones).

El origen del salto en estos castigos al seguro hay que buscarlo en otro sector, el bancario, que en los últimos años presenta un amplio historial de sanciones por malas prácticas en España y en el extranjero y ha contagiado al resto de las actividades.

El aumento de las multas es una de las novedades incluidas en el documento confidencial distribuido el jueves pasado a los representantes del sector por la Dirección General de Seguros y Pensiones, del Ministerio de Economía. Se trata de la futura Ley de Distribución de Seguros y Reaseguros que, de momento, es un primer preborrador y que deberá entrar en vigor febrero del próximo año, tal como marca el calendario de la Unión Europea. La futura normativa adapta a la legislación española la directiva comunitaria de distribución de seguros (IDD) aprobada el año pasado.

El regulador castiga de forma especial los posibles conflictos de interés con el cliente que puedan darse en la distribución de los «productos de inversión basados en seguros». En este apartado se incluyen los seguros de vida como los unit liked o cualquier otro cuyo objetivo sea obtener una rentabilidad y que en ocasiones pueden estar ligados, por ejemplo, a la evolución de determinadas empresas en Bolsa.

La Administración establecerá los criterios para determinar los tipos de conflicto de interés que podrían perjudicar a los clientes y provocar sanciones, según el documento distribuido por Economía. La futura norma busca blindar a los asegurados particulares para evitar la venta de productos no adecuados y sin información clara para los usuarios.

Las aseguradoras, a través de sus mediadores, y los otros distribuidores (corredores) que asesoren al cliente deberán recopilar información sobre el conocimiento y experiencia del usuario en el tipo inversión en el que se encuadre el producto. También sobre la situación financiera, objetivos de inversión, capacidad para soportar pérdidas y tolerancia al riesgo el inversor.

Con estos datos en su poder, el mediador de seguros deberá recomendar el producto más adecuado al perfil del cliente. El mediador deberá advertir «en un formato formalizado» si no logra recabar la información necesaria o si considera que un producto no es adecuado para el cliente.

Estas exigencias se relajan si el mediador no realiza tareas de asesoramiento, circunstancia sobre la que se deberá informar al cliente y de la que también se dejará constancia.

La futura norma establece que los distribuidores de seguros, que incluyen a los mediadores que son filiales de los bancos, no podrán establecer un sistema de remuneración o de objetivos de ventas que sea un incentivo para recomendar un determinado producto cuando se pueda ofrecer otro «diferente que se ajuste mejor a las necesidades del cliente», señala la futura norma que deberá seguir el trámite parlamentario.

Los bancos realizan todos los años campañas de promoción de seguros destinadas a potenciar la contratación de determinados productos en un periodo concreto.

La futura norma de distribución incluye como novedad la obligación de que las aseguradoras y los mediadores especifiquen el «mercado destinatario de un producto» y que se garantice la evaluación de todos sus riesgos.

En paralelo, se «adoptarán medidas razonables para garantizar que se distribuye en el mercado destinatario definido».

Cuentas separadas

Los mediadores tendrán que modificar su operativa para adaptarse al nuevo mandato de la futura ley que protege el importe de las primas recibidas de los asegurados.

Para ello se establece que el dinero recibido de los clientes se deberá colocar en cuentas separadas del resto de recursos de estos profesionales. Seguros dará seis meses, desde la entrada en vigor de la ley, para la adaptación a esta exigencia.

En España existen 90.000 agentes de seguros, incluidos los operadores de bancaseguros a través de los que los bancos canalizan sus contratos de seguros, según los últimos datos publicados. En el apartado de corredores, existen 3.100 mediadores, de los que 2.288 son personas jurídicas y el resto personas físicas.

Fuente: Expansión.com

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